En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, se ha publicado la Resolución 699/2011, de 24 de junio, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2012 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Como sabéis, el límite máximo de festivos está situado en 14 días anuales. En esta Resolución se marca cuáles serán 13 de esos 14 días festivos, dejando el último a propuesta de los Ayuntamientos de cada localidad. Podéis consultar este texto en el siguiente enlace.
Actualidad en materia de personal de los trabajadores del Gobierno de Navarra, ofrecida por el "Subsector del Personal Administrativo S.P.A- UGT Navarra "
lunes, 4 de julio de 2011
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Muy bueno el anuncio del BON. Para cubrirse de gloria.
ResponderEliminarA no ser que los Ayuntamientos elijan como fiesta "local" propia el día 1 de Enero, me parece que vamos a tener que ir todos el día de Año Nuevo a trabajar.
En fin... que donde no hay mata, no hay patata. ¿Hacemos porra para ver cuanto tarda en salir la corrección del error? Amos!!! Si es que es un error y no ganas de fastidiarnos ya desde el primer día del año.
A mí me da pena por los panaderos, la verdad; ahora que se habían acostumbrado a tener fiesta el día de Navidad y el día de Año Nuevo, y cogen y les quitan una de ellas. ;-)
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Copio literalmente los 13 días del anuncio:
RESUELVO: Primero.-Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2012, las siguientes:
6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.
19 de marzo: San José.
5 de abril: Jueves Santo.
6 de abril: Viernes Santo.
9 de abril: Lunes de Pascua.
1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
15 de agosto: Asunción de la Virgen.
12 de octubre: Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre: Festividad de Todos los Santos.
3 de diciembre: San Francisco Javier.
6 de diciembre: Día de la Constitución.
8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada.
25 de diciembre: Navidad.
En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 3 de diciembre, festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.
Segundo.-La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos.
Marian, siento decirte que te estás equivocando: el próximo año, el día 1 de Enero es domingo, así que no es necesario declararlo como festivo porque ya lo es por el mero hecho de ser domingo. No obstante, muchas gracias por participar en este blog.
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