La Dirección General de Función Pública, ha remitido las siguientes instrucciones con respecto al disfrute de "asuntos propios" y "bolsa de horas":
La Orden
Foral 257/2011, de 10 de marzo, establece
que la jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter
general, una duración de 7 horas y 20 minutos pero que, dentro de ella, la parte
fija del horario, que será de presencia obligatoria en el puesto de trabajo para
todo el personal, estará comprendida entre las 9:00 y las 14:30 horas, de lunes
a viernes. En el caso de los que tienen autorizada una flexibilidad mayor, la
parte de presencia obligatoria comprende desde las 9:30 a las 14:30 horas. El
tiempo restante hasta completar la jornada diaria, que asciende a 1 hora y 50
minutos, en el supuesto general, o a dos horas y 20 minutos, en los casos del
llamado concilia, se realizará, a elección del empleado y con carácter flexible,
entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 14:30 y las 17:00
horas.
Esta regulación, junto con la
posibilidad de disponer de los asuntos particulares por horas en lugar de por
días, establecida en el Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se
aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos, posibilita que
disfrutando de asuntos particulares u horas de bolsa durante todo el tramo fijo,
no se tenga que trabajar en todo el día, ya que el resto de jornada que falte
hasta completar las 7 horas y 20 minutos, se imputa en negativo en el saldo de
+/- 10 horas.
En el caso de los empleados que
tienen reducción de jornada de 1/6, dado que tienen que trabajar diariamente 6
horas y 7 minutos, es decir, tienen un horario laboral diario superior a la
parte fija de la mayoría de los empleados, deberán solicitar como mínimo, en
horas de asuntos particulares o de bolsa, esas 5 horas y media que supone la
parte fija para los empleados a jornada completa.
En el caso de los empleados que
disfrutan de reducciones de jornada de 1/3 o ½, como sus jornadas de trabajo
diarias no llegan a las 5 horas y media que supone la parte fija para el resto
de los empleados, deberán solicitar el día completo para poder disfrutar del día
de ausencia completo.
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