martes, 24 de junio de 2014

Instrucciones "asuntos propios" y "bolsa"

La Dirección General de Función Pública, ha remitido las siguientes instrucciones con respecto al disfrute de "asuntos propios" y "bolsa de horas":



La Orden Foral 257/2011, de 10 de marzo, establece que la jornada diaria de trabajo de lunes a viernes tendrá, con carácter general, una duración de 7 horas y 20 minutos pero que, dentro de ella, la parte fija del horario, que será de presencia obligatoria en el puesto de trabajo para todo el personal, estará comprendida entre las 9:00 y las 14:30 horas, de lunes a viernes. En el caso de los que tienen autorizada una flexibilidad mayor, la parte de presencia obligatoria comprende desde las 9:30 a las 14:30 horas. El tiempo restante hasta completar la jornada diaria, que asciende a 1 hora y 50 minutos, en el supuesto general, o a dos horas y 20 minutos, en los casos del llamado concilia, se realizará, a elección del empleado y con carácter flexible, entre las 7:30 y las 9:00 horas y entre las 14:30 y las 17:00 horas.

Esta regulación, junto con la posibilidad de disponer de los asuntos particulares por horas en lugar de por días, establecida en el Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos, posibilita que disfrutando de asuntos particulares u horas de bolsa durante todo el tramo fijo, no se tenga que trabajar en todo el día, ya que el resto de jornada que falte hasta completar las 7 horas y 20 minutos, se imputa en negativo en el saldo de +/- 10 horas.

En el caso de los empleados que tienen reducción de jornada de 1/6, dado que tienen que trabajar diariamente 6 horas y 7 minutos, es decir, tienen un horario laboral diario superior a la parte fija de la mayoría de los empleados, deberán solicitar como mínimo, en horas de asuntos particulares o de bolsa, esas 5 horas y media que supone la parte fija para los empleados a jornada completa.


En el caso de los empleados que disfrutan de reducciones de jornada de 1/3 o ½, como sus jornadas de trabajo diarias no llegan a las 5 horas y media que supone la parte fija para el resto de los empleados, deberán solicitar el día completo para poder disfrutar del día de ausencia completo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

WEBS INTERESANTES

LO QUE NOS DEPARA EL TIEMPO EN PAMPLONA