miércoles, 10 de abril de 2013

Estimación Recursos Lactancia

Estamos ya tan acostumbrados a recibir por todos los lados que, cuando conseguimos algún logro desde el punto de vista sindical, no podemos evitar disfrutarlo al máximo y pregonarlo a los cuatro vientos. Esto es lo que ha ocurrido con un asunto relacionado con los permisos por lactancia y que, con la ayuda de los afectados y la humilde colaboración de este Sindicato, afortunadamente ha llegado a buen puerto.

 
El Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra, en su artículo 17, regula el permiso retribuido por lactancia de hijos menores de doce meses.

Desde la Dirección General de Función Pública se aprobó la Resolución 1908/2012, de 23 de julio, por la que se establecen instrucciones respecto al disfrute de la lactancia acumulada en el supuesto de que no se presten servicios durante todo el tiempo que genera el permiso. Esta Resolución, a pesar de ser más restrictiva, entra dentro de la legalidad. El problema es que la Administración la aplicó incluso a los expedientes que estaban en tramitación, a pesar de que hubieran sido solicitados en fechas anteriores a la aprobación de la citada Resolución, lo que, en los casos de que tenemos conocimiento, supuso unos descuentos en las nóminas de los afectados de entre 1.400,00 y 1.800,00 euros.

Desde el Sindicato SPA se hizo una reclamación al Defensor del Pueblo por la aplicación retroactiva de la Resolución 1908/2012, y por el hecho de que ésta no hubiera sido publicada en el Boletín Oficial de Navarra para el conocimiento de los trabajadores, y también se promovieron diversos Recursos de Alzada.

El informe emitido por el Defensor del Pueblo con fecha 24.10.2012, apreciaba que no era necesaria la publicación de la Resolución, aunque sugería a Función Pública a darle la publicidad debida entre su personal, y sugería también que el nuevo criterio en ella establecido, no fuera aplicado en los casos en los que el funcionario hubiera solicitado el permiso con anterioridad a la adopción de la Resolución, es decir, el 23 de julio de 2012.

La Administración, tras hacerse la remolona durante un tiempo, ha estimado ya tres Recursos de Alzada, anulando las Resoluciones recurridas y disponiendo el reintegro a los afectados de las cantidades descontadas en sus nóminas.

Un soplo de aire fresco entre tanta iniquidad.

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