El TJUE declara la NO CONVERSIÓN AUTOMÁTICA
EN FIJO del personal interino (funcionario/estatutario) objeto de abuso en sus
nombramientos temporales. La posible percepción de una indemnización, al cesar
su relación, deberá ser analizada por los tribunales españoles. También queda
demostrado (como viene denunciando FeSP-UGT desde hace décadas) que las
Administraciones Públicas abusan fraudulentamente de los nombramientos
temporales (en volumen y duración).
El
Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (TJUE) ha reconocido que las administraciones
públicas españolas hicieron abuso de la temporalidad con la figura de los
interinos, que han encadenado años de contratos temporales cubriendo puestos de
trabajo estructurales. La sentencia, muy esperada por casi un millón de
interinos, reconoce que fueron afectados y que nadie, ni siquiera las
administraciones públicas, pueden abusar de contratos temporales. Sin embargo,
el TJUE cierra la puerta a convertir a estos
trabajadores en funcionarios y tampoco
garantiza la conversión de los contratos en indefinidos no fijos.
Aunque
el tribunal reconoce que estos trabajadores deben ser compensados por el
abuso sufrido, y que las administraciones causantes también
deben ser penalizadas, no determina que la fijeza sea la solución única ni la preferente. Lo que
hace es que deja a decisión de los tribunales españoles cuál es la compensación
apropiada ("incumbe al órgano jurisdiccional nacional", señala). Eso
sí, hace una consideración importante, la transformación de los contratos
interinos en indefinidos no fijos tampoco garantiza los mismos derechos que sus
compañeros indefinidos que accedieron al puesto superando la oposición, lo que
supone un obstáculo para que los jueces españoles contemplen esta vía. [Consulte aquí la sentencia
íntegra del TJUE]
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