viernes, 20 de marzo de 2020

El TJUE declara la No Conversión automática en Fijo del personal interino


El TJUE declara la NO CONVERSIÓN AUTOMÁTICA EN FIJO del personal interino (funcionario/estatutario) objeto de abuso en sus nombramientos temporales. La posible percepción de una indemnización, al cesar su relación, deberá ser analizada por los tribunales españoles. También queda demostrado (como viene denunciando FeSP-UGT desde hace décadas) que las Administraciones Públicas abusan fraudulentamente de los nombramientos temporales (en volumen y duración).



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha reconocido que las administraciones públicas españolas hicieron abuso de la temporalidad con la figura de los interinos, que han encadenado años de contratos temporales cubriendo puestos de trabajo estructurales. La sentencia, muy esperada por casi un millón de interinos, reconoce que fueron afectados y que nadie, ni siquiera las administraciones públicas, pueden abusar de contratos temporales. Sin embargo, el TJUE cierra la puerta a convertir a estos trabajadores en funcionarios y tampoco garantiza la conversión de los contratos en indefinidos no fijos.
Aunque el tribunal reconoce que estos trabajadores deben ser compensados por el abuso sufrido, y que las administraciones causantes también deben ser penalizadas, no determina que la fijeza sea la solución única ni la preferente. Lo que hace es que deja a decisión de los tribunales españoles cuál es la compensación apropiada ("incumbe al órgano jurisdiccional nacional", señala). Eso sí, hace una consideración importante, la transformación de los contratos interinos en indefinidos no fijos tampoco garantiza los mismos derechos que sus compañeros indefinidos que accedieron al puesto superando la oposición, lo que supone un obstáculo para que los jueces españoles contemplen esta vía. [Consulte aquí la sentencia íntegra del TJUE]


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