*Oferta Pública de Empleo de 2020
El pasado 14 de septiembre la Administración anunció que la OPE de reposición correspondiente a 2020 es de 715 plazas. De ellas 332 corresponden a Personal Docente no universitario, 195 al SNS-Osasunbidea, 4 al ISPLN y 184 a Administración resto.
En la Mesa General de 24 de septiembre nos ha trasladado la distribución de la OPE del SNS-O y de Núcleo por puestos de trabajo y la de Personal Docente por cuerpos para que los sindicatos formulemos las alegaciones que creamos oportunas a dicha OPE (tenemos de plazo para ello hasta el próximo lunes). Os adjuntamos las tres propuestas.
Valoración de UGT: Sin perjuicio de las alegaciones puntuales que hagamos a dicha Oferta Pública de Empleo, seguimos manteniendo que la supresión de la tasa de reposición es una necesidad imperiosa para poder atajar en serio la dilatada temporalidad en la Administración y con ello la precariedad laboral de gran parte de su personal. Igualmente, con ello se apostaría por unos servicios públicos de calidad y por la reducción de las horas extras realizadas en algunos ámbitos como consecuencia de la escasez de personal.
*Permiso por deber inexcusable
Tras la reciente reivindicación y presión sindical se recupera el permiso por deber inexcusable mediante una nueva Orden Foral que se aprobará próximamente en la cual se recogerá dicho permiso para los para las personas empleadas públicas que tengan a su cargo personas menores de 14 años que se vean afectadas por el confinamiento obligatorio o por el cierre de centros educativos. En esta ocasión incluirá al personal perteneciente o adscrito a centros docentes siempre que su concesión permita la adecuada cobertura de las necesidades del servicio.
Valoración de UGT: Nos alegra enormemente que la Administración se haya hecho eco de esta reivindicación sindical tan necesaria para la atención de menores en estos supuestos y que tantos problemas de conciliación generaba.
Modificación del art. 13bis del Decreto Foral de vacaciones, licencias y permisos
A raíz de una Sentencia del Tribual Supremo se modifica dicho artículo y el personal funcionario tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo de la mitad de su duración, sin reducción de las retribuciones, para el cuidado del hijo o hija menor de edad afectado por cáncer o por otra enfermedad grave que requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, durante el tratamiento continuado de la enfermedad, haya precisado o no de hospitalización previa. Excepcionalmente, la reducción de jornada podrá alcanzar un porcentaje superior, como máximo hasta el 75 por 100, cuando se acredite debidamente su necesidad para el cumplimiento de la finalidad de la licencia.
En definitiva se suprime la necesidad de ingreso hospitalario para dicha reducción de jornada.
En UGT nos parece un gran acierto que la Administración haya recogido esta doctrina jurisprudencial para estos supuestos de conciliación tan sangrantes.
Plan de Igualdad
Se va a elaborar un Plan de Igualdad previsto al principio de legislatura. Para ello se constituirá en breve una comisión negociadora Administración-Sindicatos. Os mantendremos informados del desarrollo de las 5 fases de que consta dicho Plan.
Es este un tema en el cual desde hace tiempo venimos insistiendo en nuestra organización sindical, por lo que nos alegra la noticia de que se ponga en marcha.
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