El
Gobierno de Navarra ha vuelto a dar muestra de que su interpretación de la Ley
es muy diferente en función de la defensa de sus propios intereses políticos.
En los últimos días hemos tenido dos casos de aplicación retroactiva de leyes
con diferente análisis gubernamental. También en unos casos se muestra prudente
a la espera de decisiones judiciales, mientras que en otros no duda en
adelantarse a la sentencia.
La
oposición parlamentaria presenta una Proposición de Ley Foral para frenar los
despidos en las empresas públicas. Uno de sus puntos recogía un efecto
retroactivo al aplicar la Ley a las decisiones adoptadas desde el 1 de Enero de
2013. Diversos informes jurídicos (de la asesoría jurídica del Gobierno de
Navarra, de la del Parlamento y del Consejo de Navarra), afirman que esta
retroactividad es inconstitucional. El Gobierno se agarra a esta inconstitucionalidad,
entre otros motivos, para apelar al sentido común de la oposición, e incluso
para afirmar que no va a aplicar la Ley aunque sea aprobada en el Parlamento. Se
olvida de que los informes jurídicos son simplemente eso, informes jurídicos, y
que es el Tribunal Constitucional quien en última instancia deberá decidir si
la Ley lo es o no.
El
Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Palencia ha dictado una
sentencia a favor de una funcionaria, para que se le abone la parte de la paga
extra de diciembre de 2012 que ya había sido devengada en el momento de la
aprobación del Real Decreto en el que se suprimía. El motivo es que no se puede
aplicar una norma con carácter retroactivo. La misma causa que en el ejemplo
anterior. En este, no hubo informes jurídicos previos ni posteriores que
dudaran de la aplicación de la medida, y el Gobierno de Navarra hizo caso omiso
de la retroactividad y de su posible ilegalidad, y tiene claro que no devolverá
nada mientras no haya una decisión judicial que haga extensiva la sentencia.
Dos
formas de proceder distintas por pura conveniencia. En uno se adelanta a la
sentencia para no aplicar una norma y en el otro prefiere esperar la decisión
judicial para la extensión del fallo. En este caso no apela a su propio sentido
común, ni al de nadie. En uno tiene clara la ilegalidad de la retroactividad y
en el otro ni siquiera se lo plantea.
Y
la prepotencia con la que el Gobierno aseguró que no iba a aplicar la Ley
aunque fuera aprobada por el Parlamento, que ya lo ha sido. Ya lo hizo con la
norma foral que pretendía frenar el medicamentazo, no aplicándola argumentando
problemas para la gestión informatizada del sistema, y también lo hizo con la
norma de abono del complemento sustitutivo a la extra, norma que ahora ha sido
prorrogada para su cumplimiento y que, nos tememos, que también se la pasarán
por el arco del triunfo. Seguramente estas actitudes no serán punibles y nadie
pagará por ello, al contrario de lo que nos sucedería al resto de los mortales.
Ya lo decía Quevedo, que en España no hay más justicia que la que uno compra.
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