De todos es sabido que el Real Decreto que suprimía la paga extraordinaria de Diciembre de 2012, entró en vigor el 14 de Julio de 2012, día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y que, en algunos casos, fue aplicado con carácter retroactivo, por el hecho de eliminar la extra en su totalidad a pesar de que ya habían transcurrido algunos días de su devengo. Se ha producido una nueva sentencia favorable a una funcionaria de la Diputación Provincial de Palencia, en la que se reconoce el derecho a la percepción de la parte de la paga extraordinaria de Diciembre de 2012 que ya había sido devengada antes de la entrada en vigor de su supresión. En este caso concreto el devengo de la extra suprimida se inicia el 1 de junio, por lo que deberá percibir aproximadamente mes y medio de esa extra (en el caso de Navarra, el devengo se inicia el 1 de julio). A pesar de que en Navarra hay presentados numerosos recursos en estos mismos términos, habrá que ver si el Gobierno de Navarra se aplica el cuento y abona lo correspondiente a esos 14 días sin esperar a sentencias concretas en su contra.
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